Brasil prepara nuevas reglas para bioinsumos y define qué pasará con la producción en campo
El Gobierno avanza con la reglamentación de la ley y proyecta registros simplificados, nuevas categorías y excepciones para determinados bioinsumos producidos en finca.
Brasil prepara un decreto que reglamentará la Ley de Bioinsumos y podría modificar las reglas para registrar, clasificar y producir estos insumos dentro de los establecimientos agropecuarios, según una minuta que se encuentra bajo análisis del Ministerio de Agricultura. La reglamentación, esperada por el sector productivo desde la sanción de la ley en diciembre de 2024, resulta clave porque definirá cómo deberán operar empresas y productores dentro de una actividad que incluye desde productos microbiológicos hasta inoculantes y biofertilizantes.
De acuerdo con información obtenida por el periódico económico brasileño Valor de fuentes vinculadas con la discusión, el Gobierno ya cuenta con un borrador del decreto y su publicación podría concretarse próximamente. Al tratarse todavía de una propuesta, las disposiciones pueden sufrir modificaciones antes de la publicación de la norma definitiva.
Uno de los objetivos es precisar qué productos serán considerados bioinsumos. La clasificación no dependería únicamente de su material de origen, sino también de su área de actuación y de la función declarada. Incluso se contempla que un mismo producto pueda registrarse con más de una función, por ejemplo biológica y nutricional.
La propuesta también prevé incorporar dentro de la categoría de bioinsumos a inoculantes y biofertilizantes, actualmente incluidos en la categoría de fertilizantes. El cambio permitiría reunir bajo el nuevo marco regulatorio productos que hoy están alcanzados por clasificaciones diferentes.
Registros automáticos y simplificados para algunas categorías
El borrador plantea diferentes procedimientos según el tipo de producto. Para determinadas categorías que posteriormente serían establecidas por la Secretaría de Defensa Agropecuaria, podría existir un mecanismo de registro automático, aunque quedarían excluidos de esta modalidad los bioinsumos destinados al control fitosanitario.
También se proyecta un procedimiento simplificado para productos microbiológicos cuando la cepa utilizada ya haya sido autorizada y evaluada previamente en aspectos relacionados con su peligrosidad y eficiencia agronómica. La intención es diferenciar aquellos desarrollos que parten de microorganismos ya conocidos de los productos completamente nuevos.
La futura reglamentación brasileña contempla procedimientos diferenciados para bioinsumos microbiológicos, incluidos mecanismos simplificados cuando las cepas ya hayan sido evaluadas y autorizadas.
Los bioinsumos nuevos destinados al control fitosanitario tendrían un recorrido distinto. En esos casos, el Ministerio de Agricultura deberá consultar a Anvisa por los riesgos relacionados con la salud humana y al Ibama por los posibles impactos ambientales. Según la minuta, las manifestaciones de ambos organismos tendrán carácter vinculante dentro del proceso.
Para los insumos dirigidos a la agricultura orgánica, en tanto, se contempla una tramitación específica. De esta forma, el futuro marco regulatorio buscaría establecer distintos niveles de evaluación de acuerdo con las características, funciones y destinos de cada bioinsumo.
Qué propone el decreto para los bioinsumos producidos en finca
Uno de los capítulos de mayor interés para los productores es la definición de la denominada producción on-farm. El borrador la caracteriza como aquella realizada dentro de la unidad productiva que no genere comercialización, lucro ni una ventaja comercial para el establecimiento productor.
La distinción es relevante porque determina qué producciones podrán quedar fuera de determinadas obligaciones. Según el texto actualmente en discusión, las unidades que elaboren bioinsumos on-farm utilizando sus propios residuos agropecuarios, procesos de compostaje o silaje no necesitarían realizar un registro.
La minuta contempla además excepciones específicas. Las producciones propias realizadas por agricultores familiares, pueblos indígenas y comunidades tradicionales también quedarían dispensadas de registro, de acuerdo con la propuesta conocida hasta el momento.
Estas definiciones buscan establecer una frontera regulatoria entre la elaboración para utilización dentro del propio establecimiento y la producción destinada a actividades comerciales. Precisamente, uno de los puntos centrales de la reglamentación será determinar bajo qué condiciones una elaboración puede ser considerada exclusivamente de uso propio.
La publicación del decreto completaría una etapa pendiente desde la aprobación de la Ley de Bioinsumos en diciembre de 2024. Las reglas definitivas determinarán desde los procedimientos de registro hasta el tratamiento regulatorio de inoculantes, biofertilizantes y producciones realizadas dentro de las fincas, por lo que el texto final será especialmente relevante para productores y empresas que participan de esta cadena en Brasil.

