Ganadería

Cerdos bajo control: el SENASA implementa un plan obligatorio contra la Enfermedad de Aujeszky

El organismo oficial puso en marcha un nuevo plan sanitario obligatorio para todos los criaderos de cerdos del país. La medida busca reforzar el control epidemiológico y alinear a la Argentina con los estándares internacionales de la OMSA.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó la puesta en marcha del nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky, una medida de aplicación obligatoria en todos los establecimientos porcinos del país, tanto de producción intensiva como familiar.

La resolución, publicada bajo el número 810/2025, redefine la clasificación sanitaria de los criaderos, estableciendo dos categorías: establecimientos libres de la enfermedad y establecimientos bajo vigilancia. El objetivo central del plan es fortalecer la trazabilidad sanitaria y prevenir la propagación del virus, una de las principales amenazas para la producción porcina argentina.

El SENASA precisó que las unidades productivas con más de 100 animales reproductores deberán realizar diagnósticos serológicos cada 4 meses para conservar su estatus de "libres", al igual que los establecimientos de genética. Esta medida acorta los plazos de control respecto de la normativa anterior y armoniza el sistema argentino con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), lo que también favorece la apertura de mercados internacionales para los productos porcinos nacionales.

Controles y nuevas categorías sanitarias

Los criaderos con 99 animales o menos deberán realizar una prueba serológica semestral para ser clasificados como establecimientos bajo vigilancia, requisito indispensable para autorizar movimientos de egreso.

Además, la resolución incorpora la figura del Establecimiento Invernador Porcino con Protección a Aujeszky (IPPA), que podrá recibir animales de cualquier origen sanitario, siempre que sean vacunados dentro de los 14 días posteriores al ingreso. Estos establecimientos solo podrán destinar sus animales a faena o a otro IPPA, y se prohíbe expresamente el ingreso de porcinos provenientes de criaderos infectados.

Acciones ante un brote y vacunación obligatoria

En caso de detección de un brote, el establecimiento afectado quedará bloqueado para todo movimiento hasta presentar un plan de saneamiento obligatorio dentro de los 30 días de confirmado el evento. Con la aprobación del plan, se habilitarán los movimientos hacia faena, mientras que el resto de los egresos quedará condicionado a la finalización del proceso de saneamiento.

El SENASA remarcó que los establecimientos sin clasificación sanitaria no podrán realizar ningún tipo de movimiento, ni siquiera a frigorífico.

La nueva normativa establece además el uso de vacunas gE-negativas, una herramienta clave que permite diferenciar los animales vacunados de los infectados naturalmente. Tanto las vacunaciones como los muestreos serológicos deberán ser realizados por un veterinario acreditado en sanidad y bienestar porcino, garantizando trazabilidad y precisión diagnóstica.

Un trabajo conjunto con el sector privado

Desde el organismo destacaron que el nuevo plan es el resultado de un trabajo articulado entre el sector público y el privado, con la participación activa de productores, veterinarios y entidades del rubro.

"El nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Enfermedad de Aujeszky constituye un paso decisivo para la sanidad porcina argentina, reconociendo el rol esencial de los productores y profesionales en la detección temprana, el control y la erradicación de la enfermedad", señalaron desde el SENASA.

Con este esquema, la Argentina busca consolidar una producción porcina más segura, competitiva y alineada con las exigencias internacionales, reforzando su posicionamiento sanitario y comercial frente a otros países del Mercosur.

Agrolatam.com
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