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El Gobierno redujo el plazo de las DJVE para acelerar el ingreso de las retenciones

Agricultura bajo de 45 a 30 días el plazo para concretar las declaraciones juradas de exportaciones. El pago del derecho debe ahcerse en 5 días.

3 Oct 2019

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Argentina publicó una Resolución en el Boletín Oficial que reduce el plazo de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) de 45 a 30 días.

"La actual coyuntura económica viene determinando, por razones de público conocimiento, la necesidad de adelantar el ingreso de los derechos de exportación de algunos de los productos", destaca la Resolución 78.

Para las "DJVE-30" se considerará que el período de embarque se inicia el día de la aprobación y si el producto estuviera gravado con derechos de exportación, la liquidación deberá efectuarse al momento de la oficialización de la exportación en base a la alícuota de derechos de exportación correspondiente al día de cierre de venta y teniendo en cuenta el valor FOB oficial de dicha fecha.

El pago de los derechos de exportación para los productos indicados deberá efectuarse dentro de los 5 días hábiles desde la registración de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) correspondientes, por al menos el 90% de la cantidad (peso o volumen) declarada.

Desde el Ministerio destacan que los plazos de vigencia podrán ser modificados por la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, cuando así lo considere necesario. Además, cualquier alteración al presente régimen no podrá afectar las operaciones declaradas con anterioridad.

En tanto, la falta de cumplimiento en término del pago mencionado precedentemente, no traerá aparejado efecto alguno sobre la vigencia de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior registradas, las que continuarán vigentes, pero quedarán sujetas a las sanciones.

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