Opinion

Empresas 2020: con la administración y las relaciones virtuales

La pandemia de coronavirus aceleró los tiempos, y las ventanillas de los trámites presenciales y los sellos de recepción de escritos quedarán casi en el olvido

29 Jun 2020

L uego del 20M, con la pandemia como causa que aceleró los tiempos, las ventanillas de los trámites presenciales y los sellos de recepción de escritos quedarán casi en el olvido. Las empresas comenzarán a utilizar diferentes medios y formas de administración que arrasarán con los circuitos y los procedimientos utilizados hasta ese momento. 

La charla amena en una reunión con un cliente y con el proveedor, que amenizaba y ablandaba las trabas comerciales que podían aparecer; o los trámites que se hacen en los diferentes organismos nacionales y provinciales; las visitas al escribano para que certique una rma o al estudio del contador para llevarle los papeles para que pueda hacer el balance, serán reemplazadas por el mail, la comunicación por Zoom y por las presentaciones digitales que habrá que hacer en cada trámite 

 Las relaciones laborales ya no serán iguales, a la fuerza está ingresando un término impensado hasta el 19 de marzo: el derecho a la desconexion en el Teletrabajo 

 ¿Cómo podrá determinar una ART el grado de seguridad que reúne el domicilio del empleado que teletrabaja, para poder cotizar un seguro laboral y todo lo que pueda surgir de las relaciones laborales?. Todo esto ahora es forzado, obligatorio, pero cuando pase seguramente será difícil volver a las relaciones libres y a las formas anteriores. Relaciones cada vez más "líquidas", como decía Bauman. Algunos ejemplos de los nuevos desafíos que aparecen,son los siguientes:

1) Cuestiones administrativas 

 Dentro de estos temas está toda la batería de trámites que se tienen que hacerfrente a los diferentes scos. Ya antes de la cuarentena, asomaba el IVA digital y hoy está presente con un cronograma de implementación. Están obligados a utilizarlo todos los contribuyentes inscriptos en el impuesto y los que están exentos. En los libros estarán registradas todas las compras y las ventas efectuadas por cada contribuyente,sean operaciones que contengan o no créditos y débitos scales. La AFIP ya cuenta con la información de todas estas operaciones, porla generalización del uso de la factura electrónica por parte del universo de los contribuyentes, incluso de los monotributistas y porlo que surge de los controladores scales que utilizan los comercios. 

 En este último punto, poco a poco,se está generalizando el uso de equipos de nueva tecnología, que ayudan a brindarle la información al Fisco. En la Web de la AFIP se pondrá a disposición la información relacionada con los comprobantes que se recibieron y los que se emitieron. El hecho que se encuentre el comprobante informado no quiere decir que el organismo tributario lo reconozca como válido, ya que luego podría impugnarlo como apócrifo porintentarsimular una operación que en realidad no existió. 

 Posteriormente, el contribuyente podrá realizar ajustes manuales sobre la información que subió la AFIP, por haber detectado errores. Una vez que se depuraron los datos se genera el libro de IVA digital,recibiéndose un acuse de presentación por parte de la AFIP. 

Para presentar una declaración jurada recticativa del impuesto, previamente deberá corregirse el libro que fue presentado anteriormente con la presentación original. La presentación del libro será mensual y el vencimiento será el día en que vence la declaración jurada del IVA. Habrá que efectuarla presentación "sin movimiento" incluso en los meses en que no haya habido operaciones. Al crearse este sistema de registración, queda eliminado el Régimen de Información conocido como "CITI Compras y Ventas", que tenía que confeccionar el contribuyente previamente a la presentación de la declaración impositiva, a partir del momento en que nace la obligación de utilizar el nuevo formato 

Los contribuyentes inscriptos en el impuesto al valor agregado, obligados a registrar electrónicamente sus operaciones a través del "Libro de IVA Digital", podrán presentarla declaración jurada mensual determinativa del impuesto al valor agregado de manera simplicada, ingresando alservicio con clave scal "Portal IVA". Todo, sin salir de la empresa. 

Por ahora, quienes cuenten con más de una actividad declarada no podrán acceder al IVA simplicado. El cronograma de aplicación de este nuevo mecanismo es elsiguiente: 

Los contribuyentes noticados en su domicilio electrónico,rige a partir del mes siguiente al de la noticación. 

Los obligados al Régimen de información CITI Compras y ventas, con anterioridad al 1/10/19  

 1) Facturación del 2018 igual o menor de $ 500.000: junio de 2020;

 2) Superior de $ 500.000 e igual o inferior a $ 2.000.000: julio de 2020; 

3) Superior a $ 2.000.000: agosto de 2020;

 4) Resto de inscriptos: octubre de 2020. 

Por otro lado, desde el mes de abril pasado rige la opción de incorporarse a este régimen de registración. 

 2) Presentaciones digitales 

 Es un servicio con clave scal para realizar presentaciones y/o comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada, sin necesidad de concurrir a una agencia de la AFIP. Por esta modalidad se podrá presentar digitalmente un trámite nuevo o complementarla información de una presentación anterior. 

Luego visualizar en qué estado está la presentación; cancelar, guardar y enviarla presentación realizada. También se podrá eliminar la presentación cuando su estado es "Borrador". Desistir la solicitud realizada,siempre que no esté nalizada o rechazada. Imprimir una copia de la presentación y/o comunicación 

Adjuntar hasta 10 archivos, con un máximo de 2 MB cada uno, en diferentes formatos. Porla cuarentena se fueron incorporando cada vez más trámites para realizar por este medio. 

3) Trámites judiciales 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió las Acordadas 11 y 12 que implementan el funcionamiento de los expedientes digitales y electrónicos. 

Por un lado se aprueba el uso de la rma electrónica y digital respecto de los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos que suscriban los Ministros y los Secretarios. En dichos casos, no será necesaria la utilización del soporte papel, quedando lo resuelto en soporte electrónico. La celebración de acuerdos de Ministros podrá realizarse por medios virtuales o remotos. 

Se autoriza el ingreso de escritos digitales con rma electrónica otorgada por el Poder Judicial de la Nación, a los letrados, al Ministerio Público Fiscal, al Ministerio Público de la Defensa y en general a cualquier otro sujeto procesal interviniente,sea en carácter de apoderado o patrocinante. Por otra parte se aprobó el uso de la rma electrónica y digital para los casos que desarrollan su actividad con el Sistema de Gestión Judicial. En dichos casos, no será necesaria la utilización delsoporte papel, quedando lo resuelto en soporte electrónico. 

4) Trámites contables 

El Consejo de CABA solicitó a la Corte Suprema habilitar un sistema para los síndicos, peritos y otros auxiliares que actúan ante la justicia. Por otro lado, con un rápido reejo, se habilitaron las certicaciones digitales que hacen los profesionales matriculados, eliminándose todos los trámites presenciales que están impedidos de realizar por el estado de parálisis administrativo. La mayoría de los trámites ante los diferentes organismos se hacen por Internet. Todo esto conlleva a que el profesional tenga nuevas responsabilidades porsu actuación diaria. Presentaciones impositivas en representación de sus clientes, acceso limitado a la información que sirve de respaldo para realizarla tarea,sumado a la complejidad de tener que trabajar y dictaminarlejos de los escritorios de las empresas. 

5) Nuevas relaciones laborales 

En un estudio realizado en España, por psicólogos sociales,se denió que el Teletrabajo es una manera de "autoexplotación laboral". Muchas veces no se le pone el límite al trabajo. El proyecto de modicación de la ley de contrato de Trabajo, incorporando al teletrabajo, ya tiene media sanción del Congreso. Se dene que el trabajo puede serrealizado en el domicilio del trabajador, o en lugares distintos al establecimiento de la empresa mediante la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones. Los derechos y las obligaciones de los que trabajen a distancia serán iguales a los de las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración de convenio no podrá ser inferior. El que realice el trabajo bajo esta modalidad tendrá que prestarsu consentimiento por escrito y podrá revocarlo. 

La jornada laboral deberá ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales establecidos incorporándose al texto de la ley el concepto de "derecho a la desconexión digital" por el cual el trabajador tendrá derecho a no ser contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias. El empleado tendrá derecho a realizar cuidados a menores, discapacitados o mayores, en horarios del día que tendrán que ser pactados con el empleador. El empleador deberá proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y elsoporte necesario para el desempeño de las tareas, así asumirlos costos de instalación, mantenimiento y reparación. También se establece la compensación porlos mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontarla persona que trabaja bajo la modalidad laboral del teletrabajo 

Lógicamente, todo esto transciende el tema de la pandemia, quedará seguramente en el futuro y debería ser aceptado porlos sindicatos que tendrían que actualizarsus convenios colectivos de trabajo en tiempo récord. 

6) Promoción a la nueva tecnología 

En la misma sintonía de todo lo anterior, la ley de la Economía del Conocimiento, otorga benecios scales al desarrollo de diferentes tecnologías. Anteriormente se limitaba alsoftware, que venció el 31 de diciembre del año pasado. El nuevo régimen comenzaba desde enero, pero el Poder Ejecutivo envió un proyecto de modicación de la ley (que había elaborado el gobierno anterior) proponiendo diversos cambios      

Uno de los puntos del texto anterior era el de asegurarla "estabilidad scal", pero no lo pudo hacer ni de arranque, porque las modicaciones actuales proponen, en cambio, una "estabilidad de los benecios" 

Las actividades que están promovidas porla ley son las siguientes: 

Software y servicios informáticos y digitales;

 Producción y postproducción audiovisual, incluidos los de formato digital;

 Biotecnología, bioeconomía, 

biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, 

biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis; Servicios geológicos y de prospección y servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones; 

 Servicios profesionales, únicamente en la medida que sean de exportación; Nanotecnología y nanociencia; Industria aeroespacial y satelital, tecnologías espaciales; Ingeniería para la industria nuclear; Fabricación, puesta a punto, mantenimiento e introducción de bienes y servicios orientados a soluciones de automatización en la producción que incluyan ciclos de retroalimentación de procesos físicos a digitales y viceversa, estando en todo momento, exclusivamente caracterizado por el uso de tecnologías de la industria 4.0, tales como inteligencia articial,robótica e internet industrial, internet de las cosas,sensores, manufactura aditiva,realidad aumentada y virtual. También quedan comprendidas las actividades de ingeniería, ciencias exactas y naturales, ciencias agropecuarias y ciencias médicas vinculadas a tareas de investigación y desarrollo experimental.  

 La motivación que dio y que produce el avance tecnológico sumado a la apresurada necesidad originada en la pandemia, da como resultado que la actividad de las empresas, de los trabajadores y de los profesionales externos vaya a ser muy diferente de lo que se vivía en la vieja realidad. La carrera ya empezó, el problema es que sea hacia ninguna parte de la que conocíamos hasta ahora.  

  



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