Autos

Justicia determina que las multas de tránsito en CABA prescriben en dos años

Un fallo del Juzgado de 1º Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas Nº 15 de la Ciudad de Buenos Aires establece que las multas de tránsito impuestas en ese distrito caducarán a los dos años de su emisión

10 Jul 2023

 La Justicia porteña ha determinado que las multas de tránsito impuestas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán prescribir a los dos años desde la emisión del acta de comprobación. Este fallo se basa en la Ley Nacional de Tránsito, que establece ese plazo para la caducidad de la infracción cometida.

El fallo fue emitido a fines de mayo pasado por el Juzgado de 1º Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas Nº 15 del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Previo a esto, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 15 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires (Ley Nº 451 G.C.B.A.), que establece que "la acción en el régimen de faltas prescribe a los cinco (5) años de cometida la falta". Según el artículo 65 del Código Penal, la pena de multa prescribe a los dos años.

De acuerdo con el precedente establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Alpha Shipping S.A.", "la legislatura local no tiene autoridad para regular el plazo de prescripción en materia de faltas, ya que es una competencia exclusiva del legislador nacional", indica la reciente resolución.

Por lo tanto, "el artículo 15 de la Ley 451 colisiona con lo establecido en el artículo 75, inciso 12, de la Constitución Nacional y empeora, en consecuencia, la situación de los presuntos infractores frente a la potestad sancionadora de la Ciudad de Buenos Aires".

En junio pasado, la Justicia porteña declaró inconstitucional la decisión de ampliar a cinco años el plazo de prescripción de las multas de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires. Tras un fallo específico en respuesta a la apelación de la empresa "Los Mana SA", la jueza Karina Andrade consideró que no se podía extender ese plazo, ya que contradecía lo establecido por la ley nacional.

La jueza Andrade aceptó el argumento presentado por los abogados de la empresa, quienes señalaron que el artículo 15 de la Ley 451 de la Ciudad de Buenos Aires entraba en conflicto con el artículo 65, inciso 4, del Código Penal, ya que el primero establece que "la acción en el régimen de faltas prescribe a los cinco (5) años de cometida la falta", mientras que el segundo establece que las penas de multa prescriben a los dos años.

El planteo fue aceptado por la jueza Andrade, quien destacó la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece limitaciones para legislar sobre la prescripción y extinción de las acciones.

Agrolatam.com
Más de Autos, pickups
Recuperación en las ventas en Pickups: Optimismo en el mercado automotor
Autos

Recuperación en las ventas en Pickups: Optimismo en el mercado automotor

Ventas de vehículos en Argentina muestran recuperación en abril con 32,710 unidades vendidas.
Baja interanual en ventas de automóviles 0km en Argentina durante abril
Autos

Baja interanual en ventas de automóviles 0km en Argentina durante abril

Abril muestra caída de 5.9% en ventas de autos 0km en Argentina, con un alza frente a marzo.
Gobierno reduce aranceles al sector automotriz para impulsar competitividad y exportaciones
Autos

Gobierno reduce aranceles al sector automotriz para impulsar competitividad y exportaciones

En un movimiento estratégico para fortalecer la industria automotriz, el Ministro de Economía, Luis Caputo, anunció una significativa reducción de aranceles e impuestos para el sector, además de prorrogar la exención de derechos de exportación sobre los incrementales.
Incremento del 200% en los peajes de rutas Nacionales y accesos a Buenos Aires
Autos

Incremento del 200% en los peajes de rutas Nacionales y accesos a Buenos Aires

A partir de las 00 horas de este viernes, los usuarios de las rutas nacionales y algunos accesos importantes a la Ciudad de Buenos Aires, como la autopista Riccheri, enfrentarán un significativo aumento en las tarifas de peaje.