Legislación

Actualizan requisitos fitosanitarios del Mercosur 

El Ministerio de Economía oficializó la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de nuevas normas que actualizan los requisitos para productos vegetales como banana, frutilla, maní y palta

7 Abr 2025

. Las disposiciones, dictadas mediante la resolución 399/2025 publicada este 4 de abril, responden a cambios aprobados en junio de 2023 por el Grupo Mercado Común (GMC), principal órgano ejecutivo del bloque regional.

La medida obedece a la necesidad de mantener actualizada la normativa nacional en función de los compromisos asumidos en el marco del proceso de integración del MERCOSUR, considerado de "importancia estratégica" para la Argentina. En ese contexto, se incorporan cuatro resoluciones regionales y se derogan normas previas que quedaron sin efecto tras las actualizaciones del bloque.

Los cambios incorporan al derecho interno los siguientes sub-estándares:

Resolución 7/2023 del GMC: requisitos fitosanitarios para musa spp. (banana), según país de origen y destino. Deroga la resolución GMC 23/2016.

Resolución 8/2023 del GMC: requisitos para fragaria x ananassa (frutilla), también en función del país de procedencia. Deroga la resolución GMC 07/2010.

Resolución 9/2023 del GMC: nuevas exigencias para arachis hypogaea (maní). Deroga la resolución GMC 57/2006.

Resolución 10/2023 del GMC: establece parámetros para persea americana (palta o aguacate). Deroga la resolución GMC 21/2018.

La normativa reemplazada corresponde a actos administrativos dictados entre 2008 y 2019 por distintos órganos nacionales, como el ex Ministerio de Agroindustria, el ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y la ex Secretaría de Gobierno de Agroindustria.

La resolución señala que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, tomó intervención en el proceso, al igual que el servicio jurídico del Ministerio de Economía.

De acuerdo con el artículo 9 de la norma, las disposiciones adoptadas entrarán en vigencia conforme a lo estipulado en el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, instrumento que regula la estructura institucional del MERCOSUR y fue aprobado en Argentina por la ley 24.560.

Con esta resolución, la Argentina cumple con la obligación de adaptar su legislación interna a las decisiones adoptadas por el bloque regional, facilitando el comercio intrarregional y fortaleciendo los controles sanitarios en el comercio de productos agrícolas.

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