Economía

Sequía: extienden la emergencia agropecuaria en Río Negro, Santa Fe y La Pampa

Así lo dispuso el Ministerio de Economía, a partir de una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.

29 Sep 2023

El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en Río Negro, y lo prorrogó en Santa Fe y La Pampa, a raíz de la sequía que afecta a esas provincias. La decisión se formalizó a través de tres resoluciones, publicadas este viernes en el Boletín Oficial

En el caso de Río Negro, la declaración beneficia a las explotaciones ganaderas bovinas, ovinas y caprinas y se extiende desde el 1° de junio del 2023 y hasta el 1° de junio del 2024, en los Departamentos de Adolfo Alsina, Avellaneda, Conesa, El Cuy, General Roca y Pichi Mahuida.

En La Pampa, la prórroga es hasta este sábado y alcanza a las explotaciones agrícolas ganaderas afectadas por la sequía, mientras que en Santa Fe es hasta el 31 de marzo de 2024 para quienes desarrollen sus actividades productivas en cualquiera de los departamentos de esa provincia.

Las fechas de finalización del estado de emergencia y/desastre coincide con la finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias, de acuerdo con el texto oficial.

En todos los casos, para poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 (de emergencia agropecuaria) los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en esa norma.

Por su parte, los Gobiernos provinciales deberán remitir a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Según lo dispuesto, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP "arbitrarán los medios necesarios para que los productores resolución gocen de los beneficios previstos" en aquella Ley.

Por Gerardo Choren 

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