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Deberán estar inscriptas en el INYM las plantas de acopio de hoja verde de yerba mate

El Instituto Nacional de la Yerba Mate informó que los comercializadores que acopien la hoja verde tendrán que inscribir la planta en un Registro Temporario creado para tal fin. que estará disponible hasta el 1 de diciembre próximo.

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) informó que los comercializadores que acopien la hoja verde tendrán que inscribir la planta en un Registro Temporario creado para tal fin. que estará disponible hasta el 1 de diciembre próximo.El nuevo registro, según el INYM, busca "garantizar la inocuidad y la calidad" de las plantas de acopio de hoja verde de yerba mate.Las plantas de acopio temporarios son aquellos "lugares físicos acondicionados para la recepción y tenencia transitoria de hoja verde de yerba mate, para su posterior remisión hacia la planta de secado", precisó la dependencia oficial."Los comercializadores que compren y reciban hoja verde de yerba mate en lugares distintos al yerbal y previos al ingreso al secadero, deberán informar dicha circunstancia al INYM al momento de su inscripción, y necesariamente deberán realizar esta actividad en una Planta de Acopio Temporario de Hoja Verde preinscripta y asociada al operador, estando expresamente prohibida la tenencia de hoja verde de yerba mate en lugares que no estén habilitados", advirtió la dependencia nacional.

Fuente: Telam