Baja de la alícuota de exportación: requisitos y condiciones
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó los aspectos técnicos del decreto de disminución de retenciones para acceder a la reducción arancelaria mediante la Resolución General N° 4.977 y su modificatoria.
El Gobierno Nacional, a través del Decreto N° 38/2025, ha dispuesto la reducción de la alícuota del derecho de exportación a CERO POR CIENTO (0%) para un conjunto de mercaderías detalladas en el Anexo I del decreto.
Asimismo, se estableció una reducción temporal para productos agrícolas específicos incluidos en el Anexo II, con el objetivo de reactivar distintos sectores productivos agropecuarios.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó los aspectos técnicos para acceder a esta reducción arancelaria mediante la Resolución General N° 4.977 y su modificatoria.
La normativa establece que los exportadores de mercaderías comprendidas en la Ley N° 21.453 deberán adherirse al beneficio liquidando al menos el 95% de las divisas generadas por sus operaciones dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
Para percibir el beneficio, los exportadores deberán registrar la DJVE en el Sistema Informático Malvina (SIM) y validar la declaración requerida, comprometiéndose a cumplir con la liquidación de divisas en el plazo estipulado.
El incumplimiento de esta obligación resultará en la exclusión del tratamiento preferencial y la aplicación de la alícuota vigente antes de la entrada en vigencia del decreto.El control del cumplimiento estará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, en coordinación con el Banco Central de la República Argentina, que transmitirá la información mediante los mecanismos sistémicos establecidos.
Esta medida se enmarca en las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Nacional por el Código Aduanero y la Ley N° 21.453, que regula el registro obligatorio de la venta al exterior de productos agrícolas mediante declaraciones juradas.
La normativa busca incentivar la actividad exportadora y fomentar la previsibilidad en la liquidación de divisas, asegurando la estabilidad del sector agropecuario y el cumplimiento de los compromisos fiscales por parte de los exportadores.