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Establecen valores de referencia para la exportación de ajo

La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó el valor de referencia de carácter preventivo para distintos tipos de ajo con destino a 14 países, a través de la resolución general 4969/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

21 Abr 2021

 La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó el valor de referencia de carácter preventivo para distintos tipos de ajo con destino a 14 países, a través de la resolución general 4969/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma estableció para la exportación de distintos tipos de ajo, valores que van desde US$ 0,50 hasta US$ 1,84 por kilogramo, según cada una de las clasificaciones.

Estos precios de referencia rigen para cuando estos productos se destinen a China, Corea del Sur, Filipinas, Hong Kong, Japón, Taiwán, Tailandia, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

De esta manera, la Aduana avanzó con el proceso de restablecimiento de los valores de referencia para diferentes productos exportables.

Con los valores referenciales, el organismo encabezado por Silvia Traverso cuenta con una herramienta para detectar desvíos respecto de los valores de exportación usuales para mercaderías idénticas o similares.

Estos precios de referencia constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.

El organismo dependiente de la AFIP establece precios testigo como instrumentos para detectar la subfacturación en las exportaciones.

Así se busca identificar posibles maniobras abusivas en el comercio exterior, que impactan en el plano fiscal y también en el mercado cambiario.

Si existen diferencias, se inicia una investigación en la Aduana que puede finalizar en multas o denuncias en la justicia.

La resolución de hoy se suma a los valores de referencia para la exportación y a los valores criterio para la importación restablecidos en los últimos meses.

Para el caso de los valores referenciales, se establecieron también la exportación de carne de cerdo, tomate perita, mosto concentrado, carne vacuna, arándanos, leche en polvo, cebolla, papa, pasas de uva y corvina.

En los valores criterio se restablecieron para la importación de auriculares y radiadores para calefacción central, además de que se modificaron los vigentes para los clavijeros para instrumentos musicales y se complementaron los existentes para textiles de poliéster y dientes artificiales.

Se tratan de instrumentos de control que fueron desarticulados y relegados durante el gobierno anterior, y comenzaron a restablecerse en diciembre de 2019 como parte de la estrategia de fiscalización del comercio exterior de la nueva gestión.

Fuente: Telam

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