Economía

Gobierno saca al Instituto de Yerba Mate facultad para acordar precios

El DNU 70/2023, llamado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina", derogó el inciso "r" del artículo 4° de la Ley 25.564 que sustenta la existencia del INYM, en lo que respecta a su papel como mediador entre las partes para acordar un precio de la materia prima cada seis meses.

22 Dic 2023

El Gobierno nacional quitó al Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM) la facultad de poder acordar un precio de la materia prima de forma semestral intermediando entre los productores y la industria, al modificar los objetivos y atribuciones del organismo, en el marco del decreto de necesidad y urgencia anunciado por Javier Milei.

El DNU 70/2023, llamado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina", derogó el inciso "r" del artículo 4° de la Ley 25.564 que sustenta la existencia del INYM, en lo que respecta a su papel como mediador entre las partes para acordar un precio de la materia prima cada seis meses.

"El mismo resultará de un acuerdo en el INYM basado en el precio promedio de venta al consumidor de los productos elaborados con yerba mate según las condiciones y estándares de calidad que fije la reglamentación, el cual mediante acta pertinente los sectores deberán respetar. El incumplimiento del mismo hará pasible al infractor de multas graduables de acuerdo a lo especificado en el título X de la presente ley", detalla el DNU.

Asimismo, el decreto modificó los objetivos del instituto mismo, que de ahora en más deberá estar destinado a "promover y fortalecer el desarrollo de la producción, elaboración, industrialización, comercialización y consumo de la yerba mate y derivados en sus diferentes modalidades de consumo y usos, procurando proteger el carácter competitivo de la industria".

Asimismo, el DNU derogó la la Ley N° 18.770 de régimen de entregas de azúcar para consumo en el mercado interno, la Ley N° 12.916 que crea la Corporación Nacional de Olivicultura, la Ley N° 18.859 de envases nuevos y de único uso para productos destinados a la alimentación del ganado y la Ley N° 19.990 de regulación de la actividad algodonera, la cual regulaba "todas las actividades relacionadas con el cultivo, desmote, comercialización e industrialización del algodón, con excepción de aquéllas expresamente contempladas en la legislación laboral, previsional y crediticia y en los regímenes de promoción industrial".

Opinión
por

Héctor Tristán

El autor es especialista en temas tributarios del campo
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